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Levantar actas de las sesiones que efectúe el Comité Ejecutivo Nacional y mantener al corriente el libro respectivo.
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Autorizar con su firma, conjuntamente con la de la Secretar ía Nacional Ejecutiva del Sindicato, las copias de acuerdos o documentos que expida el Comité Ejecutivo Nacional.
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Recopilar y glosar en expedientes, los acuerdos y resoluciones emanados del Congreso, Consejo y Secretariado Nacionales y de otros actos o reuniones a que convoque el Comit é Ejecutivo Nacional elaborando la memoria escrita de dichos eventos.
- Recopilar y glosar en expedientes, los acuerdos del Comité Ejecutivo Nacional y de los comités ejecutivos seccionales del Sindicato.
- Vigilar que cada Comité Ejecutivo Seccional del Sindicato mantenga al corriente el Libro de Actas autorizado por el Comité Ejecutivo Nacional.
- Informar oportunamente y por escrito a los Comités Ejecutivos Seccionales, Regionales, Delegacionales y Representantes de Centro de Trabajo del Sindicato, sobre los acuerdos y resoluciones adoptados por el Comité Ejecutivo Nacional.