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Ser responsable de la custodia y el manejo de los fondos del Sindicato.
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Garantizar el manejo de los fondos sindicales con fianza que los cubra al cien por ciento, garantía que será extendida por la Institución que acuerde el Comité Ejecutivo Seccional. La prima correspondiente será cubierta con fondos del Sindicato.
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Mantener en vigor la fianza que garantice el manejo de los fondos sindicales, hasta que el Comité Ejecutivo Seccional apruebe el informe de Finanzas.
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Ejercer el presupuesto de egresos.
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Otorgar recibo de los fondos que ingresen a Finanzas, suscrito en forma mancomunada por quien tenga a su cargo la Oficialía Mayor y la persona que designe la Secretaria General.
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Disponer de los recursos necesarios para cubrir los gastos que originen las actividades del Sindicato, mediante la firma de quien se desempeñe como Oficial Mayor de forma mancomunada con quien designe la Secretaria General.
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Efectuar pagos extraordinarios fuera del Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos aprobado por el Comité Ejecutivo Seccional, sólo con la autorización previa de la Secretaria General.
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Proporcionar todo lo necesario para que se efectúen confrontaciones o revisiones a la contabilidad general, cuando así lo ordenen los órganos de gobierno del Sindicato facultados para ello.
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Hacer llegar con oportunidad las participaciones correspondientes a las Regiones, Delegaciones Sindicales y Representaciones de Centro de Trabajo, de todo la sección.
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Instruir al área de Finanzas de cada Comité Ejecutivo Seccional, Regional, Delegacional y representante de centro de trabajo, sobre el manejo de la documentación y los libros contables relativos a los fondos sindicales.
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Solicitar a la Comisión Seccional de Presupuesto ampliación presupuestal para gastos extraordinarios del Comité Ejecutivo Seccional, siempre y cuando existan los ingresos que soporten dichas ampliaciones.
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Únicamente deberá hacer pagos en los límites del presupuesto de egresos aprobados.
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Promover iniciativas tendientes a incrementar los ingresos del Sindicato por fuentes diferentes a la cotización sindical.
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Autorizar el "Libro de Registro de Movimiento de Fondos" del Colegiado de Administración y Finanzas del Comité Ejecutivo Seccional.
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Asignar los fondos necesarios a Secretaría General, para la adquisición y/o construcción de bienes inmuebles o muebles del Sindicato.
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Recibir, custodiar e invertir, previo acuerdo con la Secretaría General Seccional, los fondos que se obtengan como precio por la enajenación de bienes del Sindicato.
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Recaudar con oportunidad de la oficina o empresa que corresponda, mediante recibos y relaciones autorizados por la Secretaria General Seccional, las cantidades que por concepto de cotización de sus miembros, deben cubrirse al Sindicato.
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Recibir y administrar las cantidades que por concepto de cotización de los trabajadores miembros, deben cubrirse al Comité Ejecutivo Seccional.
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Girar en la primera quincena de cada mes, por conducto de la institución bancaria o crediticia que acuerde el Comité Ejecutivo Seccional, a los Comités Regionales, Delegacionales y Representantes de Centro de Trabajo la cantidad que les corresponda de acuerdo al presupuesto autorizado.
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Exigir recibo por las ministraciones que se hagan a cada Región, Delegación y representación de centro de trabajo, así como recibo o comprobante de toda erogación que se realice.
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Informar de su gestión al Comité Ejecutivo Seccional y en su caso responder por irregularidades o incumplimiento de sus obligaciones, independientemente de la responsabilidad legal que pudiera serle atríbuida.
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Descontar de las ministraciones mensuales de las secciones, las cantidades que les corresponda para sufragar gastos de Congresos o Consejos Seccionales, así como otro tipo de eventos Sindicales tales como, seminarios o encuentros y que hayan sido erogados por el Comité Ejecutivo Seccional.